Caso 897

Los demandantes presentaron una solicitud al CADER tratando de conseguir el nombramiento del árbitro que habían propuesto. El demandado presentó una declaración jurada en la que se oponía a dicho nombramiento, aduciendo que la elección del demandante era onerosa y no era imparcial. Los demandantes propusieron a otros árbitros. No obstante, habida cuenta de que los demandados no pagaron los gastos de la solicitud, a pesar de haber recibido varios recordatorios de pago por parte del CADER, sus propuestas no fueron tomadas en consideración como parte del expediente. Además, el procedimiento seguido no fue el correcto.

El CADER hizo referencia al art. 11 3) de la Arbitration and Conciliation Act of Uganda [equivalente al art. 11 3) de la MAC] para justificar su derecho a nombrar al árbitro, debido a que las partes no habían nombrado a ninguno. Asimismo, el CADER se refirió al art. 11 6) de la Arbitration and Conciliation Act of Uganda [equivalente al art. 11 5) de la MAC] al considerar los criterios para nombrar al árbitro, a saber, las condiciones requeridas en el acuerdo entre las partes y todas las demás consideraciones que podrían garantizar el nombramiento de un árbitro independiente e imparcial.

Habida cuenta de que en el acuerdo entre las partes no se menciona explícitamente ninguna condición requerida para el árbitro, el CADER consideró el tema objeto del caso como un factor en la designación del árbitro, así como la posible imparcialidad e independencia del árbitro. El CADER señaló también que los árbitros propuestos por ambas partes parecían estar estrechamente vinculados con la parte que sugirió inicialmente su nombramiento, por lo que no gozaban de la confianza de la otra parte. Por lo tanto, el CADER nombró a un árbitro certificado por él mismo, que había tenido que cumplir una obligación legal prevista en el art. 12 1) de la Arbitration and Conciliation Act of Uganda [equivalente al art. 12 1) de la MAC] de revelar todas las circunstancias que pudieran dar lugar a dudas justificadas acerca de su imparcialidad o independencia.

Caso 897: MAC 6; 11 3); 12 1) - Uganda: Centre for Arbitration and Dispute Resolution (CADER), Núm. 03/05 (30 de septiembre de 2005), consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/89.