Caso 17

En virtud del párrafo 1 del artículo 8 de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje, el hecho de que un demandado tenga derecho a suspender las actuaciones no faculta a los demás demandados a beneficiarse de dicha suspensión.

Mandarin y Asiamerica son empresas de la Columbia Británica. Can-Asia es una empresa de Hong Kong. Stancroft es una empresa del Reino Unido, Berry reside en Londres (Inglaterra) y Klausner en Suiza. Las partes concentraron diversos acuerdos e instrumentos de garantía. En un instrumento figuraba una cláusula de arbitraje en virtud de la cual la resolución de las controversias correspondía al Tribunal de Arbitraje Internacional de Londres con arreglo al derecho de la Columbia Británica. Los demandantes atacaron en justicia a los demandados por incumplimiento de contrato. Can-Asia pidió la suspensión de las actuaciones, citando la competencia propia del tribunal y la Ley Modelo, promulgada por la International Commercial Arbitration Act, Statutes of British Columbia, 1986, c.14. Los demás demandados presentaron alegaciones en defensa propia después de sus solicitudes de suspensión de las actuaciones.

Se presentó recurso, y el Tribunal de Apelación de la Columbia Británica determinó que Can-Asia tenía derecho a que se suspendieran las actuaciones en virtud del párrafo 1 del artículo 8 de la Commercial Arbitration Act, pero los demás demandados no tenían este derecho ya que habían presentado escritos de defensa. El tribunal declaró que el párrafo 2 del artículo 8 de la Arbitration Act no negaba el acceso judicial ya que los obligados por el artículo habían renunciado voluntariamente a ese acceso al admitir el arbitraje. Además, durante casi 300 años había habido leyes de carácter similar.

(El Tribunal Supremo del Canadá se negó a admitir recurso.)

Caso 17: Ley_Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje, artículo 8 - Canada: British Columbia Court of Appeal (Carrothers, Southin and Wood, JJ.A.), Stancroft Trust Limited, Berry and Clausner v. Can-Asia Capital Company, Limited, Mandarin Capital Corporation and Asiamerica Capital Limited (26 de febrero de 1990), consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/1.