Caso 324

Un banco concedió un préstamo a una sociedad avalada por los demandados. La sociedad no hizo frente a los pagos y el banco inició actuaciones judiciales contra los demandados, exigiéndoles el pago de las cantidades debidas conforme al acuerdo de préstamo. Los demandados opusieron una excepción especial para que se suspendiera el procedimiento y se remitiera la cuestión a arbitraje, en virtud del artículo 8 de la LMA y de conformidad con las cláusulas de arbitraje recogidas en el acuerdo de préstamo y en la escritura de aval.

El tribunal entendió que, aunque los demandados habían alegado que el banco no tenía derecho a recibir intereses sobre los pagos ya realizados, ni a cobrar intereses sobre los intereses, ni a reclamar los gastos de comisión, estas cuestiones no podían servir de argumento para determinar la existencia de una controversia. Puesto que los demandados no habían alegado que existiera en realidad una controversia, el artículo 8 de la LMA no era aplicable y se desestimó la excepción.

Caso 324: LMA 8 - Zimbabwe: Harare High Court (Juez Smith), The Eastern and Southern African Trade and Development Bank (PTA Bank) contra Elanne (Pvt.) Ltd., R.G. Paterson y M.E. Paterson (Sentencia No HH-19-2000, 18 y 26 de enero de 2000), consultable en A/CN.9/SER.C/ ABSTRACTS/30.