Caso 1655

La apelación se refiere a una acción judicial planteada por los demandados sobre la base de una presunta conducta leonina e injustamente perjudicial por parte de determinadas empresas propiedad del apelante. Los demandados son antiguos accionistas y empleados de esas empresas. Aunque el contrato entre las partes contenía una cláusula compromisoria, el tribunal de justicia inferior había desestimado la petición de suspensión del proceso presentada por el apelante, sosteniendo que la objeción en materia de competencia –que se refería al alcance de la cláusula compromisoria– debería decidirla el propio tribunal de justicia como cuestión preliminar.

El Tribunal de Apelación, aplicando los artículos 8 1) y 16 1) de la LMA, determinó, de conformidad con la resolución del Tribunal Supremo del Canadá en el caso Dell v Union des consommateurs, que “debería permitirse que los árbitros resolvieran en primer lugar sobre su propia competencia y el ámbito de esa competencia, con sujeción, por supuesto, a la impugnación mediante revisión judicial”. Esta conclusión viene dictada por el principio de competencia-competencia consagrado en las disposiciones de la Ley Modelo arriba citadas. Al considerar el criterio de umbral a que obliga el principio de competencia-competencia, el tribunal de justicia determinó que debería otorgarse la suspensión del procedimiento en acciones judiciales comprendidas en el ámbito de aplicación de un acuerdo de arbitraje si se determinaba que la parte interesada había presentado “un argumento prima facie de que existe una cláusula compromisoria y de que es aplicable en las circunstancias”.

Caso 1655: LMA 8 1); 16 1); 16 3) - Canadá: Tribunal de Apelación de Nueva Brunswick, 2014 NBCA 26, UBS Holding Canada Ltd v. Harrison et al. (24 de abril de 2014), resumen preparado por Frédéric Bachand y Giacomo Marchisio, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/178.